La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó este miércoles 26 de agosto los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, después de modificar la propuesta sometida a consulta pública del 27 de julio al 21 de agosto. Las reglas establecen cómo deberán protegerse los derechos de radioescuchas y televidentes y mantienen obligaciones para los concesionarios, como contar con códigos de ética, defensorías de audiencias y mecanismos para recibir y atender quejas. La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), que había expresado preocupaciones sobre el proyecto, participó en la discusión, pero no es quien aprobó los lineamientos. La autoridad responsable es la CRT.

¿Qué modificó la CRT?

Uno de los cambios centrales fue acotar la intervención de la autoridad frente a lo planteado originalmente. Las inconformidades deberán ser atendidas en primera instancia por la defensoría de audiencias del propio medio y la CRT podrá intervenir posteriormente cuando la audiencia solicite su participación ante incumplimientos del procedimiento. Además, se limitaron los supuestos sobre los que la Comisión podrá sancionar a los concesionarios, concentrándolos en obligaciones como disponer de una defensoría, un código de ética y mecanismos para recibir y atender las quejas. Durante la consulta, la CIRT había solicitado reducir la discrecionalidad de la autoridad y evitar que las reglas pudieran afectar la libertad editorial.

También fue retirado de los lineamientos el llamado derecho a “no recibir información descontextualizada”, uno de los puntos que generó cuestionamientos por la posibilidad de que la autoridad tuviera que valorar el contenido periodístico. En cambio, permanece el derecho de las audiencias a distinguir entre información y opinión, establecido también en la legislación vigente, pero serán los propios medios los que definan en sus códigos de ética los mecanismos para cumplir con esa obligación. La CRT ha sostenido que esto no la convierte en una autoridad encargada de determinar si una noticia es verdadera o falsa ni le permite decidir la línea editorial de un medio. La legislación vigente reconoce expresamente los derechos de las audiencias y establece obligaciones para los servicios de radiodifusión.

¿Qué significa para las audiencias?

Para radioescuchas y televidentes, las nuevas reglas buscan establecer una ruta clara cuando consideren vulnerado alguno de sus derechos: podrán presentar la inconformidad ante la defensoría del medio, que deberá recibirla, atenderla y responder. Si determina que existió una vulneración, la defensoría podrá emitir recomendaciones al concesionario. Los lineamientos se concentran en las audiencias de radio y televisión abierta o restringida y no convierten a la CRT en una instancia para revisar de manera previa cada contenido periodístico.

Para los medios de comunicación, la versión aprobada conserva obligaciones de transparencia y atención a sus audiencias, pero reduce algunos de los puntos que habían provocado preocupación por una posible intervención gubernamental en los contenidos. La CIRT había advertido durante la consulta sobre los riesgos que, a su juicio, representaban la valoración de información falsa o descontextualizada y la posibilidad de imponer sanciones relacionadas con contenidos. Con los ajustes, la CRT mantiene facultades para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas, mientras los concesionarios conservan su libertad editorial y programática. El siguiente paso será la publicación de los lineamientos definitivos en el Diario Oficial de la Federación, que permitirá conocer formalmente el texto final y los plazos para su entrada en vigor.