La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantuvo este jueves 27 de agosto las principales restricciones impuestas a las candidaturas independientes en Michoacán: podrán competir en las elecciones de 2027, pero deberán realizar sus campañas de manera individual y no podrán coordinarse con otros independientes para compartir propaganda, imagen, emblemas, plataformas, eventos o estrategias como si formaran una coalición. Por unanimidad, el Pleno validó buena parte de la reforma al Código Electoral estatal aprobada en mayo, al considerar que el Congreso de Michoacán tiene facultades para establecer reglas que mantengan a estas candidaturas separadas del sistema de partidos.

¿Qué significan estas restricciones?

Una persona independiente sí puede recibir apoyo de ciudadanos o de un movimiento, pero su candidatura debe funcionar por cuenta propia. Lo que la reforma busca impedir es que varios candidatos independientes hagan una campaña coordinada, por ejemplo, utilizando la misma imagen, propaganda, plataforma o eventos y terminen funcionando en la práctica como un partido o una coalición sin estar registrados como tales. La Corte consideró válidas esas restricciones porque las candidaturas independientes son individuales y autónomas. También avaló que la propaganda publicada en internet no tenga que eliminarse tres días antes de la elección y mantuvo la prohibición de utilizar marcas o nombres comerciales protegidos.

Sin embargo, la SCJN sí anuló una parte de la reforma. El Código permitía sancionar a un independiente por simplemente “generar la percepción” de pertenecer a un bloque o por utilizar elementos “semejantes” a los de otra candidatura, incluso con consecuencias que podían llegar a la pérdida del registro. Los ministros determinaron que expresiones como “percepción” o “semejantes” son demasiado ambiguas: en términos prácticos, ya no bastará con que parezca que dos candidatos trabajan juntos; la autoridad deberá contar con elementos objetivos para acreditar una coordinación prohibida.

MC y Movimiento del Sombrero cuestionan los límites

Movimiento Ciudadano (MC), que llevó la reforma ante la Corte, argumentó que obligar a los independientes a competir de forma aislada los coloca en desventaja frente a los partidos y afecta derechos de asociación, reunión y expresión; aunque consiguió que se eliminaran los criterios ambiguos para sancionarlos, no logró invalidar las principales restricciones. Por su parte, el Movimiento Independiente del Sombrero intervino en el proceso mediante un amicus curiae y sostuvo que ser independiente significa no pertenecer a un partido, pero no debería significar competir aislado ni renunciar al respaldo de un movimiento ciudadano. Tras conocerse el fallo, Vicente García, integrante del movimiento, afirmó que “las candidaturas independientes siguen, siguen vivas” y reconoció que ahora enfrentarán más obstáculos.

La resolución tiene especial relevancia para Grecia Quiroz, alcaldesa de Uruapan y una de las principales figuras del Movimiento del Sombrero, quien ha manifestado su intención de buscar la gubernatura de Michoacán en 2027 por la vía independiente. Esta semana acudió a la SCJN para defender el derecho de los ciudadanos a organizarse alrededor de candidaturas sin necesidad de constituirse como partido político. Tras la resolución, Quiroz sostuvo que continuará por la vía independiente rumbo a 2027, mientras el movimiento deberá adaptar su estrategia electoral a las reglas que permanecerán vigentes.